PROCEDIMIENTO EN ACCIDENTES DE TRÁNSITO

Artículo 210. Todo accidente de tránsito que ocurra en vías públicas, así como en áreas de acceso público, será atendido por el inspector de tránsito de la Policía Nacional y puesto en conocimiento de los Juzgados de Tránsito para su tramitación, excepto cuando se registren víctimas fatales.
El conductor o propietario del vehículo accidentado podrá [...]

¿QUIEN TIENE LA VÍA?

 

Este articulo es útil saberlo en caso de un accidente, ya que uno puede sustentar su caso explicando que según el manual del tránsito usted tenia la vía.
 
 
Artículo 147. Normas de prioridad en el derecho de las vías de circulación:
 

Los vehículos que transitan por las avenidas tienen la preferencia en [...]