SI TENGO UN ACCIDENTE DE TRANSITO, ¿QUE HAGO?
QUE NO HACER
NO MUEVA SU CARRO DEL LUGAR DEL ACCIDENTE
Yo se que esto no hace sentido en muchos países, pero en Panamá si uno mueve su carro automáticamente es considerado culpable.
NO ACCEPTE RESPONSABILIDAD POR EL ACCIDENTE
NO HAGA NINGUN TIPO DE TRATO FINANCIERO
Es muy común escuchar en Panamá “aquí cada uno paga por lo suyo” o que la gente trate de pedirle dinero compensatorio. Al menos que usted sea un mecánico o trabaje en la industria automovilística usted no sabe cuanto cuestan las piezas y este tipo de compensación no la paga la compañía de seguro.
NO SE OLVIDE DE CONSEGUIR LA INFORMACION DE LA OTRA PARTE
Escriba el nombre, numero de teléfono, numero de cedula, numero de placa, y el modelo del vehiculo. Si carga una cámara o tiene una cámara en su celular es buena idea tomar fotos. Si hay testigos hable con ellos, que muchas veces la gente es muy cooperativa.
NO SE OLVIDE DE LLAMAR/CONTACTAR A SU CORREDOR
Guarde el número de la compañía o mi celular (6676-5151) en su celular. Si es después de horas laborables llame al número de su compañía aseguradora (la cual le manda asistencia móvil.) Si es una emergencia no dude en contactarnos después de las horas laborables.
¿QUE HACER?
Si no hay un policía cerca, llame al tránsito, para que ellos manden a un oficial para que inspeccione la escena del accidente.
- Panama: 232-5614 or 232-6845
- Colon: 441-4197
- David, Chiriqui: 776 -8125
Cada compañía de seguros tiene un servicio de asistencia motorizada que va a la escena del accidente y lo ayuda. Ellos también toman fotos y crean un registro de lo sucedido.
- AssaMovil 205-0220
- Mundial Assist 390-9090
- HSBC Seguros 265-8255
- Generali 205-0224
- Internacional de Seguros 265-2881
- InterOceanica 265-8255
Si la policía no llega y usted siente que tiene la culpa, pídale asistencia al motorizado de la compañía de seguros.
Si la otra parte abandona la escena del accidente, llame a un policía y reporte “colisión y fuga.” El policía escribirá un reporte que usted deberá de guardar para la compañía de seguros, como también para su uso personal. Este documento lo librara a usted de consecuencias legales en el futuro.
LO MALO – LESIONES CORPORALES
En caso que el accidente resulte en lesiones corporales o se atrop
elle a un peatón, usted tiene la responsabilidad de darle asistencia a la persona. Llame a la compañía de seguros y déjela saber que sucedió. Dependiendo de donde este debería de llamar a una ambulancia o llevar a la persona al hospital. Su compañía de seguros deberá mandarle a la ambulancia o si no llame directamente (todas las compañías en Panamá usan una de estas dos compañías):
Ambulancia:
- SEMM 264-4122
- ALERTA 269-1111, 800-0911
Dependiendo de donde se encuentra usted deberá o no llevar a la persona a un hospital. Fuera del área metropolitana las ambulancias pueden demorar mucho en llegar, y en este caso es necesario llevar al accidentado a un hospital lo más rápido posible.
Si es su culpa y necesita pagar la tarifa de ingreso al hospital, páguela pero antes notifique a su compañía de seguros y guarde los recibos. No pague nunca por algún tratamiento o cirugía. Asegúrese de guardar el reporte policivo.
LA CORTE
Gracias a Dios su póliza incluye costos legales, lo que significa que ¡usted no tiene que ir a la corte! Necesita pedir este beneficio que es gratuito. Contácteme (6676-5151) y a la compañía de seguros para notificarles del uso del beneficio. Necesitara llevar la citación de la corte a la compañía de seguros y firmar un traspaso de poder al abogado de la compañía.
Yo recomiendo 100% utilizar este beneficio por que ir a la corte en cualquier país es horrible y Panamá no es una excepción a esa regla. Si usted y/o el abogado no va a la corte, automáticamente queda convicta culpable del accidente y tiene una multa adicionalmente de los costos de responsabilizarse por el daño de la otra persona.
*** Imprima este artículo y manténgalo en su carro
Posted on July 30th, 2007 by ursula
Filed under: Accidentes / Reclamos

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